Por Kamilah Morain, Investigadora Asociada de OBMICA

La migración forzada en que se cruza una frontera internacional trae ciertos riesgos para personas migrantes. Entre otros, existe el riesgo de la apatridia. Varias razones pueden provocar la apatridia. 

Registro de venezolanos-as en Trinidad y Tobago, junio de 2019Dichos factores incluyen:

• Una ausencia prolongada del país de donde uno es nacional que puede dejar la ciudadanía inefectiva

• La pérdida de documentos o la incapacidad de la persona en migración forzada tener acceso a documentación legal que compruebe su nacionalidad  

• En el caso de niños-as, la incapacidad de los padres para acceder a servicios de registro de nacimiento, el nacimiento en tránsito, un conflicto en las leyes de nacionalidad y separación familiar al cruzar una frontera pueden resultar en la apatridia

 

Esté articulo está diponsible para su lectura en inglés: Increased Risk of Statelessness for children born to Venezuelans in Movement

Muchos migrantes venezolanos a lo largo y ancho de la región enfrentan estos desafíos que aumentan su riesgo de terminar apátridas.

Para evitar la apatridia entre migrantes venezolanos en América Latina y el Caribe, en los países anfitriones las autoridades competentes no solamente tienen que estar conscientes del riesgo. Se sostiene que deben de adoptar unas políticas proactivas y posiblemente pasos legislativos para asegurar que la apatridia no sea la realidad de muchos migrantes venezolanos-as en movimiento actualmente en la región.

    Trinidad y Tobago   

 Trinidad y Tobago ha firmado la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas pero no lo ha  homologado en   su legislación nacional ni ha desarrollado un Proceso para la determinación de estatus que podría permitir la   identificación y la protección adecuada a personas apatridia que residen en su jurisdicción. Así es que las   personas apátridas en Trinidad y Tobago no pueden gozar de la protección según las normas internacionales.   Además, Trinidad y Tobago no ha firmado la convención sobre la reducción de la apatridia, que reglamenta la   adquisición y el despojo de la ciudadanía con miras a impedir el aumento de la apatridia y eventualmente   erradicar la apatridia en una jurisdicción.

  Sucede recientemente que puede haber un aumento en el riesgo de la apatridia entre migrantes en Trinidad y   Tobago para los hijos-as nacidos a padres migrantes que tienen un estatus migratorio irregular cuando nace su  hijo/a, independientemente  del hecho de que la Constitución garantiza la ciudadanía a todas las personas nacidas en Trinidad y Tobago con contadas excepciones. Los padres de estos niños-as reportan nuevas y más barreras para el registro del nacimiento de su hijo/a. Esta tendencia se observa en particular cuando ambos padres ostentan un estatus migratorio irregular.

El registro del nacimiento es el primer paso para proveer a un niño/a con una identidad legal y todos los países que han ratificado la Convención sobre los derechos del Niño, incluyendo a Trinidad y Tobago, se han comprometido a asegurar que se respete y se enarbole el derecho inmediato al registro de nacimiento. De no ser así, la ausencia de una identidad legal crea una serie de barreras que impide la capacidad de beneficiarse de un conjunto de derechos sociales, económicos, políticos y culturales que obstaculiza gravemente el desarrollo de individuos en la sociedad.

Nuevos retos en Trinidad y Tobago 

Hoy en día en Trinidad y Tobago, algunos migrantes venezolanos-as reportan encontrar dificultades significativas cuando registran el nacimiento de sus hijos/as debido a su estatus irregular. Las personas que han sido registradas como parte del proceso de registro liderado por el gobierno también encuentran dificultades al intentar registrar el nacimiento de sus hijos-as en virtud de los requisitos documentales necesarios para completar el proceso.

Se les pide a los migrantes venezolanos pasaportes válidos o copias certificadas de sus pasaportes como una forma valida de identificación. Esta práctica es problemática porque muchos venezolanos-as no poseen un pasaporte válido y se encuentran en la imposibilidad de renovar el documento porque los costos son muy elevados o porque sencillamente nos es posible dado los desafíos bien conocidos del gobierno venezolano para la renovación de dichos documentos.

Se puede aceptar también un ID nacional venezolano (cédula) como un documento legal para registrar el nacimiento del niño/a. Sn embargo, hay que traducir el documento y, en algunos casos, se requiere una carta de verificación emitida por el Consulado venezolano en Trinidad y Tobago. Los gastos de traducción y el costo de la carta son exorbitantes para muchas familias migrantes venezolanas en Trinidad y Tobago y, por ende, dejan de completar el proceso del registro del nacimiento de manera oportuna.

En Trinidad y Tobago, portadores de la tarjeta de registro del gobierno, para estas personas que participaron en el proceso de registro que se llevó a cabo durante dos semanas en junio de 2019 reportaron que no se considera la tarjeta como una forma de identificación nacional y no se puede utilizarlo para fines de registrar el nacimiento del niño/a.

La tarjeta del ACNUR, un documento de identificación emitido a personas que han registrado con el ACNUR y están en el proceso de determinación de su estatus por la agencia de la ONU tampoco se considera como un ID válido y por sí solo no se puede utilizar para registrar el nacimiento del niño/a. De manera que hay retos específicos ara estas persona que están en un proceso de determinación de estatus como refugiados, sobre todo si no cuentan con otras formas validas de identificación desde su país de origen, como tienen miedo de buscar los servicios del Consulado de Venezuela en Trinidad por miedo de que puede perjudicar su petición para asilo.

Cartografía de desplazamiento venezolana en América Latina y el Caribe, septiembre de 2020La población de interés sin identificación valida, o sea sin un pasaporte válido o cédula de su país de origen, puede ser acompañada por un “informante” que vive en la casa o edifico donde se dio lugar el nacimiento o un testigo que ha estado presente para el nacimiento con miras a registrar el nacimiento y solicitar un acta de nacimiento. Se puede endosar los nombres de los padres en el documento mismo si los padres no tienen un ID nacional válido, con una tarjeta del ACNUR u otro documento utilizado para confirmar la foto de ID de los padres y su nombre para el endoso del acta de nacimiento. No se acepta ni la tarjeta del ACNUR ni la tarjeta de registro del gobierno como un ID válido en la ausencia de un pasaporte o cédula.

 

¿Que hay que hacer?      

 No es posible afirmar que los oficiales en Trinidad y Tobago están desistiendo a propósito de proveer servicios a personas con el   derecho a jus soli. No obstante, cabe reconocer que hay que ajustar los procedimientos y los protocolos en materia de registro de   nacimientos para asegurar que los niños-as nacidos a migrantes no se les niegan una identidad legal a que tienen el derecho bajo la constitución. Los mecanismos actuales nos son   accesibles a la población migrante venezolana puesto que no conocen bien la legislación de Trinidad y Tobago y pueden estar desafiados idiomáticamente. Así es que es un proceso engorroso a navegar sin ayuda.

A esto se suma los gastos asociados con algunos de los procedimientos que son exorbitantes para muchas personas y el requisito   para algunas personas de obtener algunos documentos en el consulado venezolano mientras que están en el proceso de obtener el estatus de refugiado se equipara a una violación de sus derechos que puede eventualmente poner en riesgo su solicitud. Por este motivo para muchas familias no son opciones factibles. Igual que en otros lugares de la región. 

 Nota: Kamilah Morain se desempeña actualmente como Directora Adjunta del Pan American Development Foundation (PADF) en el Caribe. Este artículo está disponible también en inglés.n, hay que contemplar medidas especiales para que los niños-as nacidos a venezolanos-as en movimiento no estén pasados por alto con el registro de su nacimiento y los derechos que se derivan de eso.