Por Allison J. Petrozziello, investigadora asociada de OBMICA.
El estudio Impactos de Covid-19 en población haitiana y sus descendientes en la zona sur de RD tuvo una muestra de 50 padres y madres de hijos e hijas nacidas en los últimos 5 años, con varios perfiles de documentación (por ejemplo, migrantes haitianos regularizados y no regularizados, descendientes con documentos restaurados y descendientes del llamado grupo B que aún permanecen en situación de apatridia).
Cabe recordar que las personas en el denominado Grupo B son personas sin registro dominicano pero con el derecho de adquirir la nacionalidad dominicana bajo la Constitución vigente en el momento de su nacimiento. Estas 50 personas han procreado un total de 196 hijos vivos, 111 de los cuales nunca han obtenido ningún registro de nacimiento ya sea en Haití o en República Dominicana (57% del total). Entre las y los nacidos en los últimos 5 años, 51 de los 80 (64%) no tienen registro.
Es importante desagregar la muestra para considerar los diferentes perfiles de documentación de los padres para así distinguir los efectos surtidos por el Plan Nacional de Regularización de Extranjeros (PNRE) para migrantes o la Ley 169-14 de Naturalización para descendientes, en cuanto a las posibilidades de registrar a sus hijos recién nacidos.
Madres y padres de origen migrante
Para padres y madres de nacionalidad haitiana, el PNRE parece haber facilitado la obtención del registro solamente para aquellos hijos que nacieran mientras su carnet de regularización tuviera vigencia, y no necesariamente para fines de declaración tardía para los hijos nacidos anteriormente o posteriormente. Así, 5 de los 14 hijos de migrantes regularizados (36%) no había obtenido registro de nacimiento, mientras que el porcentaje se duplica para migrantes en condición irregular: 12 de los 17 hijos nacidos en los últimos 5 años (71%) no tenía registro alguno. Una limitación del estudio fue que no se pudo comprobar si el registro obtenido se tratara de un acta de nacimiento dominicano (para quienes obtuvieran la residencia mediante el proceso de regularización) o un acta extranjera (para quienes obtuvieran un permiso de estadía de carácter temporal).
Madres y padres descendientes nacidos en RD
Para descendientes del llamado grupo A (es decir las personas dominicanas con registro que fueron desnacionalizadas por la Sentencia 168-13), solo una persona entrevistada tenía problemas con el registro de su hijo, debido a que aún no se le había restaurado la cédula con la que había registrado sin problema alguno el nacimiento de sus hijos nacidos anteriormente. Cabe mencionar que la esposa de este entrevistado cuenta con cédula dominicana; sin embargo, al estar casados legalmente, la oficialía no le permite asentar el acta sin los datos del padre/esposo. Este tipo de prácticas evidencia, por un lado que continúan las prácticas de suspensión arbitraria de documentos de identidad de dominicanos de ascendencia haitiana, y por otro, que hijos de parejas con estatus mixto siguen enfrentando un riesgo de apatridia.
Quizá el hallazgo más llamativo fue que la situación para descendientes del llamado grupo B fuera igual tanto para las personas que habían logrado registrarse bajo la operación de la Ley 169-14 como las personas que no. Es decir, que el 100% de sus hijos nacidos en los últimos 5 años (10/10 para descendientes registrados, y 6/6 para los no registrados) aún no había logrado obtener registro de nacimiento alguno. Al parecer, los documentos que han recibido las personas que se acogieron al proceso de registro bajo la Ley 169-14 no han sido reconocidos como válidos para fines de declaración de nacimiento por gran parte de las oficialías. La falta de naturalización y/o resolución positiva para la población descendiente provoca la transmisión intergeneracional de la apatridia.
Un análisis más detallado de los hallazgos estará disponible en la tesis doctoral titulada Birth Registration as Bordering Practice de la investigadora asociada Allison Petrozziello, candidata doctoral en Wilfrid Laurier University/Balsillie School of International Affairs. El estudio de caso sobre registro de nacimiento fue elaborado con la asistencia del International Development Research Centre (IDRC), Ottawa, Canadá. El contenido del mismo es responsabilidad exclusiva de las autoras/OBMICA y en ningún caso debe considerarse que refleja los puntos de vista del IDRC (o su Consejo).