El 23 de septiembre de 2013, el fallo 168-13 del Tribunal Constitucional estableció que solo las personas nacidas en el país, de progenitores dominicanos o personas que residen legalmente son considerados ciudadanos dominicanos. Mediante este juicio, el Tribunal despojó retroactivamente la ciudadanía de personas nacidas entre 1929 y 2010 de progenitores de origen haitiano con estatus migratorio “irregular”.

 

Culmina muchas décadas en las que las autoridades en la República Dominicana han adoptado varias medidas, leyes y decisiones judiciales tendientes a desnacionalizar a personas nacidas en el país, de origen haitiano. En 2014, el Gobierno dominicano adoptó la Ley de Naturalización 169-14 con miras a mitigar el impacto de la Sentencia, que busca restaurar la nacionalidad a estas personas desnacionalizadas. Los resultados han sido mixtos y lentos en esta década. Además, el ciclo de apatridia amenaza con extenderse a las generaciones futuras. Ninguna de las 7.159 personas (nunca registradas) que aplicaron a la Ley 169-14 ha logrado la naturalización, independientemente de dos decretos presidenciales promulgados: el primero del expresidente Danilo Medina y el segundo del presidente Luis Abinader. Estos procuraron un proceso expedito para 799 personas de este grupo tras haber completado los pasos debidos.

Fruto de décadas de abogar por la reforma del registro civil por parte de organizaciones de la sociedad civil, el país tiene una nueva legislación desde enero de 2023 que ayudaría a reducir el subregistro que persiste, propiciando así la erradicación de la apatridia. Sin embargo, para las personas de alcance difícil, como son las personas descendientes de migrantes que han nacido en el país, no se puede cantar victoria porque la nueva Ley 4-23 Orgánica de los Actos del Estado Civil ayuda solo en la medida en que se aplica de manera más robusta la normativa complementaria. Urge orientar el Plan Nacional de Regularización de Migrantes (PNRE), que fue paralizado hasta hace poco. De manera que la población migrante que reside legalmente por tener la residencia (y no un documento de trabajador temporal) puede documentar sus hijos como dominicanos. Es menester agotar los pasos culminantes de los decretos presidenciales para cumplir con el espíritu de la Ley 169-14. Por desgracia, una población significativa de migrantes no tiene su estatus doméstico legal resuelto por no poder renovar su carnet, mientras que numerosas personas con el derecho a la nacionalidad dominicana no han podido ejercerlo. En el peor de los casos, dominicanos (no reconocidos) están en riesgo de ser expulsados de su propio país. En esta segunda administración del presidente Abinader, cuyo mandato fue renovado en 2024, es hora de reanudar el diálogo político con las personas afectadas, haciendo el giro a una ciudadanía más incluyente, que favorezca la cohesión social. El posicionamiento de la plataforma Dominican@s por Derecho se encuentra en la página siguiente.

Bridget Wooding