23 septiembre 2014--La veeduría de sociedad civil en cuanto a la aplicación de Ley 169-14 ha sido contundente. En lo que concierne a las personas inscritas en el registro civil, la aplicación del artículo 2 de la Ley 169-14 que le ordena a acreditar el derecho a la nacionalidad a estas personas avanza tímidamente. Se observan procesos extra legales introducidos por la JCE, la lentitud en avanzar con los mismos, la carencia de validez de las pocas cédulas de identidad y electoral expedidas.
Se siguen interponiendo, además, demandas en nulidad contra las actas de nacimiento de los afectados.
En segundo lugar, con relación a los hijos e hijas de extranjeros nacidos en el territorio nacional que nunca han sido inscritos en el registro civil, la Ley 169-14 no surtió efectos significativos en aras de mejorar su situación documental. De un universo de aproximadamente 53 mil destinatarios de acuerdo a datos arrojados por la Oficina Nacional de Estadística (ONE), el Ministerio de Interior y Policía (MIP) apenas ha trabajado un poco mas de 1,000 solicitudes por una serie de trabas.
El 22 de octubre la Corte Interamericana de Derechos Humanos dio a conocer el fallo en el caso emblemático sobre las expulsiones masivas que se remonta a fines de los años noventa, titulado "Caso de personas dominicanas y haitianas expulsadas vs. República Dominicana". El mismo toca la temática del derecho a la nacionalidad, ya que tanto personas dominicanas como haitianas fueron expulsadas del territorio nacional en el periodo referido.
Al dirigirse al tema de la Sentencia 168, y su secuela legislativa Ley 169, la Corte IDH declaró que: “Ese entendimiento, aplicado a personas que nacieron antes de la reforma constitucional de 2010, implica en los hechos, una privación retroactiva de la nacionalidad que […] ya se determinó contrario a la Convención”.
En fin, salta a la vista que la respuesta dada por el Estado frente a la recomendaciones hechas por la Comisión IDH en diciembre de 2013 resultan insuficientes para reparar la denegación y privación del derecho a la nacionalidad que han impuesto el Estado dominicano contra la población dominicana de ascendencia haitiana que ha nacido en el país.
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